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Si entro ahora en una ZBE de Madrid, ¿me ponen una multa?

Zonas de Bajas Emisiones (ZBE)

Los conductores están confusos con la normativa.

Esta semana, el grupo municipal Vox ha conseguido que, gracias a un recurso presentado, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) haya anulado varios preceptos de las tres Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) que hay en la capital. Esto, además de generar mucho revuelo, ha creado mucha confusión: en el caso de entrar en una ZBE, ¿me ponen una multa?

La duda es razonable, puesto que el Consistorio dispone ahora de 30 días para recurrir la sentencia, mientras que desde organizaciones como Automovilistas Europeos Asociados (AEA) se está pidiendo que se devuelvan las multas puestas hasta ahora (más de 1,76 millones de multas, que tienen un valor de más de 330 millones de euros).

Sin embargo, la repuesta a la pregunta es clara: sí, si un conductor que no deba entra en las ZBE de Madrid, le van a poner una multa.

El fallo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid no suspende ninguna de las tres zonas de bajas emisiones de la capital (la ZBE genérica que ocupa la capital, Distrito Centro y Plaza Elíptica), por lo que éstas siguen rigiéndose por la misma normativa que hasta ahora.

 

Así, la multa por acceso indebido es de 200 euros, que se quedan en solo 100 por pronto pago. Nunca conlleva la retirada de puntos.

Éste es buen momento para repasar cuáles son las restricciones en cada una de las Zonas de Bajas Emisiones presentes en la capital.

Empezando por la que ocupa toda la ciudad y que ha ido extendiéndose de manera paulatina a lo largo de los años. Desde el 1 de enero de 2024 solo tienen permitido el acceso y circulación los coches sin etiqueta que estén domiciliados en Madrid, así como si forman parte de alguna de estas excepciones:

  • Vehículos históricos
  • Vehículos de titulares de tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida o empleados para trasladar a personas que sean titulares estén o no especialmente adaptados.
  • Camiones, furgonetas, motocicletas y ciclomotores
  • Vehículos de emergencias o fuerzas armadas

Sin embargo, esto cambiará a partir del 1 de enero de 2025, momento en el que todos los coches sin etiqueta estarán vetados, estén domiciliados o no en la capital. Las excepciones seguirán siendo los vehículos de personas con movilidad reducida, los históricos y los de emergencias y fuerzas armadas.

Pasando a la Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) Plaza Elíptica, a ella tienen prohibido el acceso todos los vehículos sin etiqueta, pero los B, C, ECO y CERO pueden circular y atravesarla sin problema.

ZBE Madrid

Por ahora, la Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) Distrito Centro es la más restrictiva.

Los únicos vehículos que tienen libre circulación son los que lucen la etiqueta ECO y la CERO. Los que no tienen pegatina de la Dirección General de Tráfico (DGT) tienen completamente vetada la entrada. Y son los B y C los que tienen una situación más particular.

La web del Ayuntamiento de Madrid dicta lo siguiente: “los vehículos con clasificación ambiental B y C tienen prohibido acceder a la ZBEDEP Distrito Centro únicamente para atravesarla, si bien podrán hacerlo para estacionar en un aparcamiento de uso público o privado, que esté adherido al sistema de gestión de permisos de la ZBEDEP Distrito Centro, o reserva de estacionamiento situados en su interior”.

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Etiquetas: ZBE